¿Cómo comprar?
Separa el inmueble de tus sueños con CG Constructora
Paso a paso para acceder a tu vivienda
Aquí te explicamos en detalle toda la información que necesitas como comprador de un inmueble en el que harás realidad todos tus sueños de vivienda e inversión.
- 1. Cierre del negocio
- 2. Cancelación de cuota inicial
- 3. Cesión de contratos
- 4. Solicitud de crédito hipotecario
- 5. Legalización del crédito
- 6. Firma de escritura pública
- 7. Entrega del inmueble
- 8. Atención PostVenta
- 9. Entrega de escritura pública registrada
1. Cierre del negocio
Una vez hayas visitado la sala de negocios, elegido el inmueble y acordado la forma de pago, se procede con el cierre del negocio, firmando los documentos respectivos, de acuerdo con el tipo de administración del proyecto.
2. Cancelación de cuota inicial
Deberá hacerse de acuerdo con las condiciones y fechas pactadas en el plan de pagos acordado y aprobado entre las partes, el cual se encuentra pactado en el encargo fiduciario, la promesa de compraventa o el documento de cierre del negocio. Por otro lado, los recursos deberán ser consignados en la cuenta asignada.
¡Ten en cuenta!
3. Cesión de contratos
- En caso que una vez suscrito el encargo fiduciario o la promesa de compraventa, el titular decida ceder su posición a un tercero, deberá firmarse un contrato de cesión con previa aprobación de la Sociedad Promotora del proyecto y de la Fiduciaria, si aplica.
- Las cesiones deben ser anteriores a la firma de escritura y se mantendrán las mismas condiciones del encargo fiduciario o promesa.
- Las cesiones tienen un costo de administración que será definido por la Fiduciaria o la Dirección de cada proyecto (está dentro del documento contractual que legaliza la negociación).
4. Solicitud de crédito hipotecario
Cuando parte del precio del inmueble vaya a ser cancelado con el producto de un crédito hipotecario, deberás iniciar su trámite en la entidad elegida (banco, cooperativa, fondo de empleados, etc.) meses antes de la fecha programada de escrituración y entrega. Recibirás una carta nuestra donde te informaremos sobre este proceso.
5. Legalización del crédito
Para la legalización del crédito hipotecario, las entidades de crédito requieren de manera general los siguientes documentos:
Del Proyecto:
- El Reglamento de Propiedad Horizontal debidamente registrado ante la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos respectiva.
- Certificados de libertad y tradición del predio en mayor extensión y de las unidades inmobiliarias individuales de los inmuebles objeto de la negociación (no superior a 30 días).
- Los títulos de adquisición donde se demuestra la tradición del lote de los últimos 20 años (escrituras públicas).
- Recibo o constancia del pago de impuesto predial y de valorización.
- Licencia de construcción y permiso de enajenación de inmuebles.
Es importante aclarar que los documentos arriba descritos pueden estar listos entre 1 y 2 meses antes de la fecha proyectada para la firma de la escritura.
Del Cliente:
- Avalúo del inmueble: Lo realiza el perito determinado por la entidad que pre-aprobó el crédito hipotecario, previa validación del porcentaje de construcción del proyecto. Este avalúo tiene un valor que tú como Cliente deberás cancelar en la cuenta indicada por el perito asignado.
- Estudio de títulos: Es la revisión jurídica que realiza el abogado designado por la entidad financiera que te aprobó tu crédito hipotecario, quien se encargará de solicitar a la compañía los documentos correspondientes a la tradición del inmueble a adquirir, los gravámenes o limitaciones que posea el inmueble tanto en mayor extensión como de forma individual, con el fin de emitir un concepto jurídico sobre la situación actual del inmueble y si este es apto como garantía hipotecaria. Este proceso culmina cuando el abogado designado entrega la minuta de hipoteca a la Compañía, la cual se protocoliza en la escritura pública. Este estudio también tiene un valor que deberá ser cancelado por ti en la cuenta definida por el abogado asignado.
- Minuta de hipoteca: Es importante recordar que es responsabilidad de nuestros Clientes verificar con su entidad financiera la expedición y entrega de la minuta de hipoteca, la cual pueden enviar a la Compañía o directamente a la notaría designada por la Dirección del proyecto.
- Carta definitiva de aprobación de crédito: Una vez hechos los dos trámites anteriores, la entidad correspondiente emite la carta definitiva de aprobación del crédito, indicando valor, plazo y titular. Cuando te entreguen la aprobación del crédito, deberás consultar con el asesor de la entidad elegida, para conocer el proceso de firma de garantías y entrega de paz y salvo que te permitan culminar con éxito la legalización.
Sólo para proyectos ubicados en Cundinamarca, el original de la carta y el paz y salvo deberán ser entregados en nuestra área de Tramitación y Cartera, con el fin de completar la documentación para la elaboración de la escritura de venta e hipoteca.
6. Firma de escritura pública
La Compañía, a través del Área de Tramitación y Cartera, te informará por escrito la notaría, fecha y hora asignadas, dentro de los plazos previstos contractualmente para la comparecencia a la firma de la escritura pública de transferencia del inmueble.
Ten presente que para poder firmar la escritura, debes estar a paz y salvo por todo concepto y, sólo en Cundinamarca, haber tramitado la respectiva autorización que te permita presentarte en la notaria el día y hora fijados. Para los negocios con crédito hipotecario y/o subsidio deberás firmar una garantía (pagaré en blanco con carta de instrucción) por el saldo adeudado hasta la fecha de desembolso.
7. Entrega del inmueble
Una vez firmada la escritura pública, mediante contacto telefónico y comunicación escrita, te informaremos la fecha y hora de la entrega del inmueble. Ten en cuenta que en este momento, asisten un representante de la obra y uno de postconstrucción como respaldo, y allí se hace entrega de los siguientes documentos:
- Acta de entrega
- Manual de funcionamiento
- Garantías
- Inventario
- Formato de detalles de entrega
- CD o USB (tener programa de lectura del dispositivo) con el Reglamento de Propiedad Horizontal, entre otros.
¡Ten presente!
A partir de la fecha de entrega del inmueble y la perfección de la escritura pública ante la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos a nombre del comprador, deberás empezar a asumir los siguientes gastos:
- El impuesto predial: corresponde al cobro realizado por el municipio en el que se encuentra ubicado el inmueble.
- Servicios públicos: son facturados mensualmente por las empresas de servicios públicos de cada ciudad.
- Administración: es el cobro realizado por cada administración de propiedad horizontal.
- Intereses de subrogación: son los intereses que se causan desde el momento de la entrega del inmueble y hasta cuando se efectúe el desembolso del crédito hipotecario por parte de la entidad financiera. Estos intereses corresponden al tiempo durante el cual tú como Cliente estés haciendo uso del inmueble sin que el saldo del valor pactado haya sido cancelado en su totalidad.
- Instalación de gas: el inmueble incluirá la instalación de gas debidamente aprobada por las Empresas de Servicios Públicos Domiciliarios, pero no el servicio del mismo, cuya tramitación y adquisición será exclusivamente por cuenta tuya, así que deberás gestionar la conexión del servicio con la empresa prestadora. Para las ciudades de la Costa, el servicio se entrega habilitado con la entidad autorizada.
8. Atención PostVenta
En el acta de entrega de los inmuebles y en el manual de funcionamiento que te entregamos, se encuentran las condiciones, requisitos y fechas máximas para la atención de postventas, así como los plazos y las condiciones para hacer efectivas las garantías sobre los inmuebles.
Aquellos materiales, elementos y acabados en general que no sean suministrados o instalados por la constructora del proyecto, no serán cubiertos por la garantía, y por tanto, estarán por fuera de la postventa.
9. Entrega de escritura pública registrada
La entrega de la copia de tu escritura pública debidamente registrada ante la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos respectiva, así como la devolución de las garantías inicialmente firmadas, se hará en un plazo aproximado de 60 días hábiles contados a partir de su firma. Recuerda que estos tiempos dependen de la Oficina de Registros e Instrumentos Públicos respectiva y no de la Constructora.
A la hora de adquirir tu inmueble, ten presente que en el caso de personas casadas o con unión marital de hecho, si el inmueble que adquieres será destinado al hogar de tu familia, este quedará establecido como una “vivienda familiar”, siempre y cuando no tengas otro inmueble con afectación previa y vigente.